El objeto del seguro de responsabilidad civil profesional es garantizar las consecuencias económicas derivadas de cualquier reclamación de acuerdo a la legislación vigente, que se formule contra el asegurado durante el período de seguro por daños personales, materiales y sus perjuicios consecuenciales.
También actúa sobre los perjuicios patrimoniales primarios causados a terceros por un error o falta profesional cometido por el asegurado o por su personal, del que legalmente deba responder en el desempeño de sus funciones y deberes encomendados por razón de su cargo o empleados al servicio del tomador del seguro identificado en las condiciones particulares de la póliza.
Podemos diferenciar entre dos tipos de profesiones:
En las profesiones NO TÉCNICAS, como abogados, gestores, procuradores, etc. tiene como objetivo cubrir principalmente los daños económicos (patrimoniales primarios) derivados de errores, omisiones o negligencias en la ejecución de la actividad profesional.
Ejemplo: Se presenta mal un impuesto, se pasa un plazo para recurrir ante un tribunal, se desarrolla mal un software para un cliente, etc.
En las profesiones TÉCNICAS, como arquitectos, ingenieros, etc. se cubren además de los perjuicios patrimoniales, los daños personales, materiales y los consecuenciales derivados de estos.
Ejemplo: Un ingeniero que diseña mal un puente que termina por caerse causando un daño a una persona o un coche que están debajo.
Coberturas más habituales:
· Responsabilidad Civil Profesional
· Defensa jurídica
· Fianzas
· Daños a expedientes y documentos
· Responsabilidad Civil asociada a la explotación del despacho
· Responsabilidad Civil Patronal
· Responsabilidad Civil vinculada a reclamaciones por difamación o libelo de un tercero
· Responsabilidad Civil vinculada a protección de datos personal
· Inhabilitación Profesional
· Infidelidad de empleados
· Gastos de publicidad adversa
· Propiedad intelectual
· Pérdida de registros informáticos
· Responsabilidad Civil post-trabajos